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Impuesto de circulación de vehículos: cuándo y dónde pagarlo

No nos vamos a engañar. El gasto de un vehículo es indiscutible. Que si el seguro, que si llenar el depósito, que si mantenerlo… Uno de los importes fijos derivados del hecho de tener un coche, es el impuesto de circulación.

Es un gasto fijo anual que todos los propietarios de un vehículo deben pagar para que este pueda circular legalmente por la carretera. ¿Qué es? ¿Cuándo se paga? ¿Dónde se paga?

¿Qué es el impuesto de circulación?

El impuesto de circulación es uno de los gastos fijos de los conductores al poseer un vehículo. Se llama oficialmente Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y sirve para registrar los vehículos matriculados que son aptos para la circulación en España.

Es un impuesto que lleva vigente tres décadas tras su aprobación e implantación en 1990 y actualmente depende de los ayuntamientos de cada municipio. Son diferentes dependiendo de la Comunidad Autónoma a la que pertenezcas, por lo que el importe variará según tu ubicación.

¿Quién tiene que pagar el impuesto de circulación?

Todos los vehículos matriculados en España están obligados a pagar el impuesto de circulación, sin embargo, existen excepciones de vehículos que no tienen que pagarlo. Hablamos de vehículos oficiales que portan matrículas especiales, vehículos de representantes diplomáticos, vehículos sanitarios, transporte público urbano de más de nueve plazas y vehículos para personas de movilidad reducida de hasta un 33%.

De la misma manera, los vehículos agrícolas que dispongan de la Cartilla de Inspección Agrícola están exentos de pagar este impuesto de circulación.

El resto de vehículos, tendrán que realizar este pago si quieren circular de acuerdo con la ley y evitar alguna posible multa de tráfico al no llevar los papeles en regla.

¿Cuándo pagar el impuesto de circulación?

Tal y como varía el importe del impuesto de circulación según la ubicación, también cambia la fecha en la que se paga. Dependerá de la Comunidad Autónoma en la que esté registrado el vehículo, y por norma general se devenga el 1 de enero. Es decir, cualquier persona que sea titular el 1 de enero de un vehículo, tendrá que pagar el impuesto de circulación para conducirlo.

El plazo para pagar el impuesto de circulación suele producirse entre el 1 de abril y el 31 de mayo, dependiendo de la fecha fijada por el ayuntamiento correspondiente.

¿Dónde se paga el impuesto de circulación?

Para pagar el impuesto de circulación, existen diferentes métodos y vías, todas ellas válidas y con las que debes asegurarte de que tienes los papeles en regla.

  • Domiciliar el recibo. De esta manera, no tendrás que preocuparte cuando llegue la fecha de pago, ya que, de forma automática y anual, cargarán el importe en concepto de impuesto de circulación en tu cuenta bancaria sin que tengas que estar pendiente.
  • Realizar el pago en el ayuntamiento. Si prefieres hacer las cosas en persona, incluyendo esta serie de trámites, podrás hacerlo en tu ayuntamiento. Llama para solicitar cita previa para que la gestión sea más rápida una vez hayas recibido la carta de pago en tu domicilio. Tendrás que llevar el importe, que podrás abonar en efectivo o con tarjeta de crédito y proceder al pago del impuesto.
  • Por teléfono o internet. Si el ayuntamiento correspondiente permite las gestiones online, podrás encontrar el apartado correspondiente en su página web que te permitirá pagar el importe del impuesto de circulación online. De la misma manera, se podrá realizar el trámite por teléfono siempre y cuando te lo permitan, así que asegúrate antes de que puedas hacerlo.

¿Cuánto cuesta el impuesto de circulación?

Como el plazo, dependerá de cada Comunidad Autónoma, cuyos ayuntamientos fijarán el importe, que también variará dependiendo del tipo de vehículo que conduzcas. No es lo mismo pagar el impuesto de circulación de una motocicleta que de una furgoneta.

De la misma manera, existen ciertas bonificaciones que se aplican a la hora de pagar el impuesto de circulación. Para ello, debes cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Matricular un vehículo como histórico de más de 25 años. De esta manera, podrás bonificarte en un 100% del importe del impuesto de circulación.
  • Disponer de un vehículo no contaminante. Podrás bonificarte hasta el 75% del impuesto de circulación si tu vehículo utiliza energías limpias y renovables para su movilidad. Es decir, si tienes un coche eléctrico o algún tipo de coche híbrido, pagarás menos que con un vehículo de combustión tradicional.
  • Residir en Ceuta y Melilla. Los residentes en Ceuta y Melilla que posean un vehículo pagarán la mitad del impuesto de circulación.

Recuerda pagar el impuesto de circulación, porque de lo contrario, el ayuntamiento podría embargar tu vehículo por no cumplir con la normativa y no podrás seguir circulando hasta que saldes la deuda correspondiente con tu ayuntamiento. No te costará tiempo y te asegurarás de que tu vehículo está en orden.

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